Es de vital importancia que el blanqueamiento dental se realice bajo la estricta supervisión de un profesional de la odontología, para un correcto diagnóstico, plan de tratamiento y obtener así los mejores resultados, sin afectar la salud de los dientes tratados.
Una higiene inadecuada y el consumo de ciertos productos pueden provocar alteraciones en la coloración de nuestros dientes.
Clasificación de las alteraciones en el color
- Manchas intrínsecas o endógenas: afectan a los dientes en su fase de formación, antes de que erupcionen en la cavidad oral, causadas por el consumo de determinados medicamentos como tetraciclinas, por hipoplasias de esmalte, deficiencia vitamínica o fluorosis. Se clasifican en dicho grupo las manchas que se muestran producidas por golpes, fracturas, con el paso del tiempo, por envejecimiento de la dentición que adquiere una tonalidad más oscura o tras la erupción dental.
- Las manchas extrínsecas o exógenas se producen por agentes pigmentadores, presentes en determinados alimentos, bebidas como el vino, el té y el café, y otros productos, como el tabaco.
El uso de ciertos colutorios y pastas de dientes a base de Clorhexidina prolongadamente también pueden producir dichas manchas.
Tipos de blanqueamiento dental
Blanqueamiento dental realizado en la consulta odontológica
Se realizan en la clínica dental aplicando un agente blanqueador cuya base es peróxido de hidrógeno al 35%.
Previamente ha de realizarse una profilaxis apropiada y analizar que la cavidad oral está sana. Se trata de un método muy eficaz, ya que se maneja una alta concentración del componente blanqueante bajo el control de un dentista.
Blanqueamiento ambulatorio con la supervisión de un dentista
En este tipo de blanqueamiento la concentración de peróxido de carbamida es del 10%-16%.
De la misma forma que en el tipo de blanqueamiento anterior, se necesita realizar previo al tratamiento una revisión oral y una profilaxis.
Hay que hacer una férula a la medida del paciente y en la que se administra el agente blanqueador y así evitar el contacto del agente con los tejidos periodontales.
BLANQUEADORES DENTALES DE VENTA LIBRE
Según la legislación vigente, todos los productos blanqueantes cuya concentración de peróxido de carbamida es superior al 0,3% o con más del 0,1% de peróxido de hidrógeno, pueden ser distribuidos exclusivamente por dentistas.
La Directiva Europea 76/768/ECC estima ciertos productos blanqueantes de concentración de peróxido de hidrógeno de entre el 0,1% y el 6% como cosméticos inocuos y pueden obtenerse sin control médico.
No obstante, pueden tener efectos secundarios para la salud. Estos productos tienen que emplearse con indicaciones de un dentista, tal y como salvaguardan el Consejo General de Dentistas de España, la Comisión Europea y CED.
En cuanto a los productos con concentraciones inferiores al 0,1% de peróxido de hidrógeno, estos sí son inocuos para la salud, por lo que su libre distribución no presenta riesgos, si bien su eficacia es prácticamente nula.
El Consejo General de Dentistas de España aconseja que reclamen a los establecimientos el tipo de activo blanqueante y los detalles de concentración de los productos que adquieran, para comprobar en la Subdirección General de Productos Sanitarios o los Colegios Profesionales de Dentistas si el producto está autorizado en España.